Se establecieron los plazos para los titulares de servicios personales profesionales y no profesionales, con actividades fuera de la relación de dependencia durante el 2023, que deben presentar la declaración jurada Fonasa por el ejercicio 2023.
La presentación puede realizarse desde el 5/2/2024 y el plazo máximo para realizarlo sin multa, se determina según el último dígito del número de empresa, de acuerdo al siguiente detalle:
Dígitos 0, 1 y 2 vencimiento el 19/4/2024
Dígitos 3, 4 y 5, vencimiento el 26/4/2024
Dígitos 6, 7, 8 y 9, vencimiento el 3/5/2024
Se recuerda que, de presentarse fuera de los plazos establecidos, corresponde la aplicación de una multa de 1 UR.
